TUICIÓN COMPARTIDA

www.padresporsiempre.cl Con ocasión de la aprobación por el Senado del Proyecto de Ley Tuición Compartida y otros, agradece el gran trabajo realizado anónimamente por miles de progenitores y familiares de nuestros hijos en la prosecución de este proyecto de ley de tuición compartida.

También agradecemos al Poder Ejecutivo representado en el Congreso por  la Ministra Carolina Schmidt, quien encabezó las discusiones en ambas cámaras del Congreso y quien facilitó la debida urgencia que nosotros y otras organizaciones requeríamos. Agradecemos su voluntad para escuchar nuestros planteamientos aun cuando fueran contrarios a lo que ella enunciaba.

No podemos dejar de reconocer y agradecer al mundo Académico, pues sin su valiosa colaboración habría sido aún más difícil arribar a la actual etapa del proyecto de ley de tuición compartida.

Es imperioso agradecer a Diputados y Senadores de todas las corrientes políticas  quienes, lograron consensuar de manera unánime el nuevo texto del proyecto de ley de tuición compartida  en el Senado.

Asimismo  agradecemos a la Prensa por la difusión que ha hecho de este proyecto de ley.
Es  necesario precisar que el Proyecto de Ley sobre Tuición Compartida fue  ingresado al Congreso por el Ex Senador Jaime Naranjo y el Senador Jovino Novoa en el año 2006 a petición de la Corporación Padres por Siempre. Es preciso felicitar a todos aquellos padres  de la Agrupación Papás por Siempre que conjuntamente con www.padresporsiempre.cl que desde el año 1994 a la fecha han sostenido diversas  reuniones con el Poder Legislativo y Ejecutivo  y que han provocado éste significativo paso hacia la Tuición Compartida. También es preciso reconocer el gran trabajo realizado por Papá Presentes ; Filius Pater, etc. quienes trabajaron incansablemente para que  el proyecto de Tuición Compartida se encuentre en la etapa actual. Por otra, es necesario dejar establecido que el actual artículo 225 del Código Civil no es del año 1855 , pues en la década del 1990, www.padresporsiempre.cl. logró mediante el Ex- Diputado Darío Payas y Exequiel Silva modificar el Código Civil vigente en esa década  mediante la ley de Filiación, publicándose en esa misma época además sendas leyes como la ley 19.711 y 19.741 que luego, lamentablemente fueron derogadas tácitamente con la entrada en vigencia de la ley 19.968. Además el actual artículo 225 establece la posibilidad de lograr  la tuición compartida, pues dicha norma permite que la madre puede entregar al padre el 100% de la tuición de los hijos y aplicando la máxima jurídica " que quien puede dar los más, puede dar lo menos",  perfectamente  la madre puede entregar el 50% de la tuición de sus hijos al otro progenitor.

Finalmente es  dable señalar que no es bueno atribuirse absolutamente  el logro obtenido, pues  el trabajo intelectual  para arribar a la actual etapa del proyecto de ley sobre Tuición compartida fue aportado por diversas profesionales  de varias organizaciones  sociales. Carlos Michea Matus, www.padresporsiempre.cl